LICENCIAS A LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE NUESTRA ACTIVIDAD

    UTICRA INFORMA A NUESTROS AFILIADOS EL DETALLE DE LAS LICENCIAS A LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE NUESTRA ACTIVIDAD SEGÚN RESOLUCIONES VIGENTES A PARTIR DE LA PANDEMIA CONOCIDA COMO CORONAVIRUS EN NUESTRO PAÍS, HASTA EL 31 DE MARZO DEL PRESENTE AÑO.

    Licencia por edad, embarazo o grupo de riesgo:
    A Mayores de 60 (sesenta) años de edad
    B Trabajadoras embarazadas
    C Personas incluidas en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional

    Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, son:

    1 Enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
    2 Enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
    3 Inmunodeficiencias.
    4 Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

    NOTA: En caso de enfermedades de riesgo, adjuntar certificado, exámenes médicos o alguna documentación que determine tal condición.
    Licencia por estadía en el exterior.

    Todas aquellas personas que hayan ingresado al país habiendo permanecido en los países afectados y mencionados en Resolución vigente.
    Licencia por cuidado de hijos/as

    Se considera justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña. La persona alcanzada por esta dispensa, deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control. Podrá acogerse a esta dispensa SOLO un progenitor o persona responsable, por hogar.
    En este caso la licencia por cuidado hijo/a, si no fue declarado en RRHH, adjuntar partida de nacimiento, se evaluará la necesidad en cada caso y se intercalarán los días de licencia para que el cuidado sea brindado por ambos progenitores.

    ANTE LA NECESIDAD DE CADA LICENCIA DESCRIPTA ANTERIORMENTE, DEBERÁN SOLICITARLA FORMALMENTE A RRHH

    Cada licencia, será otorgada bajo un formulario que deberán completar a modo de declaración jurada.